La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) recuerda a las compañías que son sujetos obligados y que deben cumplir con la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de otros Delitos que deben registrar a su Oficial de Cumplimiento (OC). Para lo cual tendrán 20 días a partir de la notificación del oficio emitido por la Dirección Nacional de Prevención de Lavado de Activos para realizar la calificación del mismo en el portal web supercias.gob.ec, de acuerdo al noveno digito de su RUC.
Para el proceso de calificación en línea las compañías deberán ingresar al sistema con el usuario y clave del representante legal, únicamente en el día asignado siguiendo el cronograma:
NOVENO DÍGITO DEL RUC |
LUNES |
MARTES |
MIÉRCOLES |
JUEVES |
VIERNES |
0 y 1 |
2 y 3 |
4 y 5 |
6 y 7 |
8 y 9 |
El no designar al oficial de cumplimiento (OC), incurre en una infracción grave, cuya multa es de 11 a 20 salarios básicos unificados (SBU) conforme lo dispone la Ley. Asimismo, el incumplimiento en la designación del OC constará en el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones (CCO).
La guía de usuario sobre este proceso se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://appscvsmovil.supercias.gob.ec/guiasUsuarios/portalCapacitacion.zul
Las consultas serán atendidas a través del correo electrónico: prevencion@supercias.gob.ec.
Fecha de publicación: 09-02-2026