La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS), en el marco de sus procesos de control, detectó a nivel nacional la existencia de 354 compañías constituidas como sociedades mercantiles que incluyen en su objeto social la prestación de servicios de educación de tercer nivel.
De acuerdo con la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), la formación de tercer nivel únicamente puede ser impartida por universidades, escuelas politécnicas, institutos superiores y conservatorios sin fines de lucro, debidamente autorizados por el Consejo de Educación Superior (CES).
En consecuencia, las compañías mercantiles no están facultadas para desarrollar este tipo de actividades académicas.
Como parte de los controles posteriores a los actos societarios, la SCVS notificó a las compañías donde se identificó este hecho y les otorgó un plazo de 30 días para reformar su objeto social. De no hacerlo, se adoptarán las medidas administrativas correspondientes, conforme a la normativa legal vigente.
En este contexto, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros recomienda a la ciudadanía verificar, a través de los canales oficiales, que las instituciones de educación superior se encuentren debidamente habilitadas antes de iniciar programas de formación de tercer nivel.
Fecha de publicación: 27-05-2026