
Las compañías que brindan servicio de blindaje de vehículo, que realizan mantenimiento y su respectiva reparación, entre otras, deben calificar en línea a sus oficiales de cumplimiento.
Las compañías que brindan “servicio de blindaje de vehículo a través de la instalación de materiales para la protección contra ataques con armas de tipo balístico, químico u otros; y que, además, realicen mantenimiento y reparación de blindaje de vehículos” deben calificar en línea y de forma inmediata a sus oficiales de cumplimiento en el “PORTAL DE TRÁMITES”.
Luego de obtener la resolución de calificación del oficial de cumplimiento, deben solicitar el código de registro a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE). También deberán implementar las normas de control para la Administración del Riesgo de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Otros Delitos, las cuales se encuentran establecidas en la Resolución Nro. SCVS-INC-DNCDN-2023-002.
Mayor información al correo prevencion@supercias.gob.ec
Manual de usuario: https://appscvsmovil.supercias.gob.ec/guiasUsuarios/images/guias/societario/cal_of_cum/cal_of_cum.pdf
Fecha de publicación: 07-02-2025