La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros informa que conforme a lo establecido en el artículo 449, inciso séptimo de la Ley de Compañías, las sociedades que hasta el 30 de septiembre del año 2024, hayan pagado al menos el 50% de la contribución que les corresponde, tendrán derecho a cancelar el otro 50% hasta el 31 de diciembre del 2024, sin lugar a recargo ni penalidad.
Es necesario señalar que las compañías que tendrán acceso a este beneficio serán las que se encuentran en estado activo y no registren valores pendientes por concepto de contribuciones societarias de años anteriores. Para acceder a esta opción, deberán ingresar su solicitud a través del Portal de Trámites de la plataforma institucional www.supercias.gob.ec.
Los valores se podrán cancelar en la Cuenta de Recaudaciones, a nombre de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, a través de las diferentes sucursales y canales virtuales de los Bancos: del Pacífico y de Guayaquil. O mediante nuestro portal web
www.supercias.gob.ec, con tarjetas de crédito emitidas por: Diners, Visa y Mastercard de los bancos: Pichincha, General Rumiñahui, de Manabí y de Loja.