Sabíamos que ocurriría y lo denunciamos en una rueda de prensa el 9 de marzo de 2023: Está en ejecución una sentencia desproporcionada y sin precedentes, dictada por el IV Tribunal de la Sala Especializada de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, conformado en aquella época por el Dr. Manuel Torres Soto y los Abgs. Alfonso Ordeñana Romero y Nelson Ponce Murillo, en la que se obliga a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) a depositar en el bolsillo de un solo ciudadano, el Dr. Ricardo Calderón Pasquel -quien a su vez resulta ser cesionario de los derechos litigiosos del Banco del Descuento S.A. EN LIQUIDACIÓN, cedidos a él por el Ab. Leonidas Drouet Mármol- una suma multimillonaria por la compraventa de un edificio que le pertenecía al banco en mención, realizada hace más de 30 años.
Ese 9 de marzo de 2023 advertimos que agotaríamos todas las vías de ley e interpusimos los recursos extraordinarios de casación, revocatoria y extraordinario de protección, los mismos que fueron resueltos con sorpresiva celeridad, ratificando la sentencia emitida en segunda instancia por la Corte Provincial de Justicia del Guayas.
La Jueza María Isabel Valdiviezo De Lucca, perteneciente a la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, es quien debe atender la ejecución de esta decisión judicial vergonzosa; ella solicitó un informe técnico para calcular los intereses que la SCVS tendría que pagar, designando a la C.P.A. Suly Estefanía Pérez Navarrete como perito encargada.
Los resultados del peritaje son un insulto no solo a la institución sino al país entero. La perito Pérez Navarrete, en una cadena de “errores”, calcula intereses sobre la base de USD 7’381.714.31 -valor que el IV Tribunal de la Sala Especializada de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia del Guayas ordenó que esta Superintendencia pague al Dr. Ricardo Calderón Pasquel. La perito utilizó las tasas de interés publicadas por el Banco Central del Ecuador (BCE), entre los años 1989 y 1999, que corresponden a transacciones realizadas en sucres porque, en aquella época, era la moneda de curso legal; información que la misma perito reconoce en su informe, y que resulta totalmente antitécnico y atentatorio a las buenas prácticas financieras. Además recordemos que el marco regulatorio ecuatoriano no estableció tasas de interés para las obligaciones en dólares; por lo tanto, el uso de tasas inexistentes para el cálculo son inaplicables, porque es fundamental advertir que el contrato original fue pactado en sucres.
¿Cómo es posible que la perito Pérez Navarrete haya utilizado tasas de interés inexistentes, y por ende inaplicables, para sumar más de CINCUENTA Y TRES MILLONES DE DÓLARES SOLO EN INTERESES a los MÁS DE SIETE MILLONES que se pretende forzar a pagar por parte de la SCVS en favor del Dr. Ricardo Calderón Pasquel, cesionario de los derechos litigiosos del Banco del Descuento S.A. EN LIQUIDACIÓN, otorgados a él por el Ab. Leonidas Drouet Mármol? ¿Será que el Estado puede recuperar las pérdidas que generalmente ocasionan la liquidación de estas instituciones con este dinero que se pretende cobrar a la SCVS? Todo esto, en medio de un Estado de Excepción donde nuestro país busca desesperadamente dinero para pagar a médicos, profesores, policías, militares. Esto debería ser un caso de estudio, y de control social.
Todo es tan evidente, nunca se trató de justicia, sino de ver qué más le arrancaban al Estado.
SESENTA PUNTO OCHO MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA es lo que está en juego, para premiar al cesionario de los derechos litigiosos de un banco que fue liquidado.